Estados Unidos
INFORMACION PARA VISADO ORDINARIO
VER VISADO ELECTRóNICOINFORMACIÓN GENERAL
- Se requiere visado. No es posible tramitar visado en la frontera.
- Los ciudadanos españoles que se desplacen a EEUU por turismo o negocios pueden acogerse al Sistema de Visado Simplificado E.S.T.A.
MUY IMPORTANTE
A partir del jueves 21 enero de 2017 se aplica la nueva legislación aprobada por los Estados Unidos para el Visa Waiver Program (VWP). En consecuencia, las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Cuba, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen (desde 1 marzo 2011) o tengan la doble nacionalidad española y de alguno de estos países, no podrán viajar con un documento ESTA, sino que se denegará su solicitud o se revocará (mediante comunicación por email por parte de la Embajada o Consulado de los Estados Unidos) el que tenían en vigor. Dichas personas tendrán que viajar provistas de un visado expedido por la embajada/consulado de los Estados Unidos, abonando la tasa correspondiente.
- Recuerde que, salvo casos muy específicos, este visado requiere entrevista personal.
TIEMPOS DE TRAMITACIÓN
El plazo de tramitación depende en gran medida de la cita que el consulado asigne para la entrevista.
DOCUMENTACIÓN POR TIPO DE VISADO
- Pasaporte original
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Pasaporte original con un mínimo de 6 meses de validez más la duración del visado que solicite. El pasaporte no debe estar deteriorado y debe tener al menos dos hojas libres de visados o sellos.
- Fotografía
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Una fotografía de 5 x 5 cm sobre fondo blanco, tomada en los seis meses anteriores a la solicitud. No son válidas las fotografías escaneadas, ni fotocopiadas, ni impresas en papel normal o con fondos de color
- Formulario cumplimentado y firmado
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Cumplimentar formulario en el siguiente enlace ESTADOS UNIDOS B. Los datos nos llegarán directamente una vez cumplimentado.
- Visados anteriores (si procede)
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Pasaportes antíguos donde tuvieran visados anteriores a EEUU.
- Printer de vuelo de ida y vuelta
- Reserva de hotel
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Ultimas noticias de Estados Unidos
Estimados clientes,
Debido al revuelo generado por la modificación de las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores español respecto a los viajes a EEUU si antes se ha viajado a Cuba os transmitimos algunas indicaciones y sugerencias para que podáis tomarlas en cuenta:
1.- La inclusión de Cuba en la lista de países promotores del terrorismo por parte de EEUU no es nueva. Se produjo el 12 de Enero de 2021. Desde entonces es cuando aplica la prohibición de viajar con un ESTA a EEUU si se ha estado en Cuba a partir de esa fecha. (Importante: Para poder viajar sin problema con un ESTA debió haber salido de Cuba a más tardar el 11/01/21).
El Departamento de Estado de los Estados Unidos ha designado a Cuba como Estado Patrocinador del Terrorismo. Si se descubre que un viajero ha visitado un país designado como patrocinador estatal del terrorismo, el viajero ya no es elegible para un visado simplificado ESTA y debe tramitar un visado presencial ante el Consulado de Estados Unidos.
Ha habido viajeros que al regresar de Cuba, con escala en Estados Unidos, aunque les han permitido realizar la entrada en ese momento, han anulado su ESTA y para poder volver a viajar han tenido que tramitar un visado presencial
Estimados clientes,
A partir del día 6 de diciembre de 2021 el test negativo que es necesario presentar para abordar el vuelo a Estados Unidos debe de estar realizado en las 24 horas anteriores al vuelo.
Recuerden que las únicas excepciones a esta norma son:
- Pasajeros de menos de 2 años.
- Pasajeros que se hayan recuperado del Covid-19 en los últimos 90 días y que aporten certificado de recuperación.
